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	<title>Seguridad Informatica &#187; BUG</title>
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	<description>Seguridad Informatica virus informaticos  Hackers Noticias  Eventos</description>
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		<title>Legislación en seguridad e intolerancia a la estupidez</title>
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		<pubDate>Mon, 08 Feb 2010 13:45:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>bios</dc:creator>
				<category><![CDATA[BUG]]></category>

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		<description><![CDATA[Muy interesante resolución han tomado en España, multando con 601 euros a un individuo por enviar un correo electrónico a 42 personas sin utilizar la copia oculta (CCO). Como bien se indica en el post fuente de Samuel Parra , la denuncia fue realizada de un particular a otro particular. En resumen, se entiende que &#8230; <a href="http://seguridadinformatica.info/legislacion-en-seguridad-e-intolerancia-a-la-estupidez/">Read more <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Muy interesante resolución han tomado  en España,<b> multando con 601 euros a un individuo por enviar un correo  electrónico a 42 personas sin utilizar la copia oculta (CCO)</b>. Como bien  se indica en el <a href="http://www.samuelparra.com/2007/02/20/multa-de-601-euros-por-no-utilizar-copia-carbon-oculta-cco/" target="_blank">post fuente de Samuel Parra</a> , la denuncia fue realizada de un  particular a otro particular.</p>
<blockquote><p><i>En resumen, se entiende que la denunciada ha infringido el deber de  secreto que establece el <b>Artículo 10 &#8211; LOPD &#8211; Deber de Secreto</b> al  enviar un correo electrónico a 42 destinatarios distintos e incluir las  direcciones de e-mail en el campo “Copia Carbón(CC)” dejando, por tanto,  visibles a todos los destinatarios las direcciones de correo  electrónico de los receptores. A juicio de la AEPD, ha supuesto una  vulneración del deber de sigilo, pues no debería haber dado a conocer  las direcciones de correo electrónico al resto de destinatarios; es  decir, debería haber utilizado la opción “Copia de Carbón Oculta” (CCO).</i> </p></blockquote>
<p><a name='more'></a>Quiero que hagamos un análisis hasta acá, que seguro será el mismo  que hice yo al leer el título de la noticia: qué excelente decisión,  ¿no? Digo, tantos años venimos pidiendo a los usuarios que utilicen la  copia oculta, que no sean tontos, que escuchen a los que concientizan en  seguridad, que seguro nos da algo de alivio ver que alguien por fin  tiene cordura y castiga al que expone la información de otro. Después  podemos discutir si la sanción es desmedida (a mi criterio lo parece)  pero al menos para mí me resultó gratificante. Pensé: qué bueno, por fin  se combate la estupidez.</p>
<p>Si seguimos leyendo la nota, nos enteramos que el acusado alegó que  la dirección de correo que utilizó se podía obtener en Internet, por lo  que él no había brindado a nadie información que no pudiera obtenerse  por otro medio público. Sin embargo, se resolvió la culpabilidad y multa  de más de 600 euros. ¿Por qué? ¿No se tuvo en cuenta esta información  brindada por la defensa?</p>
<p>Sí se tuvo en cuenta lo que dijo la defensa, pero el artículo 3.a de  la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) define que <b>la  dirección de correo electrónico es un dato personal</b>. Es decir,  es LA LEY la que por encima de toda lógica o análisis nuestro termina  definiendo en la justicia.<br />
Esto remarca algo que en materia de seguridad se viene hablando hace  mucho: la falta de legislación (o la existencia de ella en mala calidad)  <b>es uno de los problemas más importantes</b> que enfrenta  la comunidad de la seguridad de la información.</p>
<p>Si no hay legislación, no hay forma de ajusticiar los incidentes en  seguridad, y de eso se trata. Lamentablemente (sí!), nuestro sentido  común no nos permite hacer justicia, sino que necesitamos legislación. Y  en materia de seguridad falta. Y mucho. El camino parece ir  funcionando, de a poco, pero la realidad es que la mayoría de los paises  todavía carecen de legislación y a muchos otros les falta aún  madurarlas en la materia.</p>
<p>Sin ir más lejos, en países como el nuestro todavía es imposible  culpar a alguien por enviar spam. Estamos hablando de cosas banales  (spam, copia oculta), imaginemos lo difícil que puede ser ajusticiar por  un grave incidente en seguridad, un fraude informático o un robo de  información.<br />
La realidad es que en legislación en seguridad todavía estamos  reprobados, particularmente en América Latina, y creo que la comunidad  debería preocuparse con especial atención en este punto.</p>
<p>Fuente: <a href="http://unmundobinario.com/2010/02/02/legislacion-en-seguridad-e-intolerancia-a-la-estupidez/">Un Mundo Binario</a> y <a href="http://www.samuelparra.com/2007/02/20/multa-de-601-euros-por-no-utilizar-copia-carbon-oculta-cco/">Samuel Parra</a>
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